Disputa por tierras en el Delta: Un dictamen da la razón a la Provincia

Por primera vez la disputa por las islas de dominio público llega ante la Corte Suprema de la Nación. Un primer dictamen de la Procuración General le da la razón a la Provincia

 

 

 

 

 

La discusión en torno a la propiedad de las extensísimas islas del Delta entrerriano no se agota. El último pleito surgió en el sur de Entre Ríos: el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, presentó una denuncia penal contra una inmobiliaria de Buenos Aires que ofertaba a 350.000 dólares la isla La Paloma, tierra de dominio público de la provincia. La firma Serrano Propiedades pretendía venderla como isla del Tigre.

 

Se trata de un espacio clave. La isla constituye una zona estratégica por su ubicación, ya que está situada cerca del puerto Nueva Palmira, en Uruguay; puerto de Iguazú, en Entre Ríos; puerto del Ibicuy; Isla Martín García y de la República Oriental del Uruguay.

 

Por sus características morfológicas es una zona muy sensible, donde hay una intensa circulación fluvial y trasbordo comercial y amarraderos de barcaza para la extracción de arena y minerales. Actualmente posee construcciones hechas, sin ningún habitante.

 

Aunque en el Delta la pelea por la posesión es mayor. En 2009, cuando se tomó conciencia de la situación en ese territorio insular, se estableció que sobre una superficie total de 190 mil hectáreas de dominio público, 100 mil habían sido apropiadas por particulares.

 

Y si bien la Provincia ha conseguido hacer valer un dictamen de 2009 de la Fiscalía de Estado, que declaró que las islas son de dominio público, hay una demanda por la posesión de una superficie mínima, 785 hectáreas, que llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

Una vez resuelto, será el primer dictamen de la Corte que pondrá blanco sobre negro en la disputa legal por la posesión de las tierras fiscales del Delta.

 

En agosto de 2010, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, firmó un dictamen en el que estableció que las islas del Delta son “bienes públicos”, y no “tierras fiscales”, como usualmente se las identifica, es decir “bienes de dominio público”, y que “los bienes del dominio público no integran el patrimonio de los respectivos Estados, en el sentido de hacienda estatal o fisco, el cual sólo está compuesto de los bienes privados del Estado”.

 

Y por eso mismo están “fuera del comercio”, con dos características esenciales: “inalienabilidad” e “imprescriptibilidad”, es decir que no se pueden vender ni enajenar, y menos aún a manos de un privado.

 

El dictamen de la Fiscalía sostiene que “todas las islas” que “no pertenecieran de un modo irrevocable a la propiedad privada de los particulares” son “del dominio público perteneciente al pueblo de la Provincia de Entre Ríos, y que las tierras que han sido arrendadas están bajo la figura de “concesión de uso” por un plazo determinado. Por eso, instruyó a Catastro a “dejar sin efecto” el procedimiento de registración y visado de la documentación presentada para el parcelamiento de tierras fiscales.

 

Durante la última dictadura, se emitieron una serie de decretos leyes que pusieron a la venta tierras fiscales, la mayoría en las Islas Lechiguanas.

 

La superficie total de las islas Lechiguanas es de 250 mil hectáreas. Están ubicadas en la zona del Delta del departamento Gualeguay, frente a la ciudad bonaerense de San Nicolás de los Arroyos, delimitadas por el río Paraná al sur y por uno de sus brazos al noroeste, el río Paraná Pavón, el cual luego de recibir las aguas del río Gualeguay toma el nombre de río Paraná Ibicuy, que constituye el límite noreste, convergiendo luego con el cauce principal del Paraná.

 

En la década de 1970, el gobernador de facto Ricardo Favre impulsó un gigantesco proyecto tendiente a conseguir el endicamiento de unas 80 mil hectáreas de modo de ponerlas a salvo de eventuales inundaciones y destinarlas a actividades agrícolas. El proyecto, después, fracasó. Otro gobernador de la dictadura, Rubén Daniel Di Bello también puso a la venta de modo irregular tierras de dominio público.

 

El 3 de noviembre de 1977, Di Bello -que encabezó el Poder Ejecutivo entre 1976 y 1978- dictó una serie de normas mediante las cuales puso a la venta extensas fracciones de tierra en las Islas Lechiguanas. Fue a través del decreto-ley Nº 6.047. Pero la Fiscalía de Estado entabló una demanda y consiguió que la Justicia declarara lesivas esas ventas.

 

 

 

 

 

 

 

En la Corte

Un pleito por la posesión de las islas del Delta, “Escalada Félix Germán y otros/Usucapión”, con fallo adverso en los tribunales de Entre Ríos, llegó con un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Fue después de que la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazara una demanda por usucapión por un inmueble de 785 hectáreas en Las Lechiguanas.

 

Un primer dictamen de la Procuración General de la Nación, firmado por Laura Monti, considera el recurso extraordinario como “inadmisible, toda vez que los apelantes sólo expresan su discrepancia con la interpretación efectuada por el Superior Tribunal de Justicia respecto de prescripciones de derecho común y público local, como así también con la valoración que efectuó acerca de los presupuestos que se requieren para la procedencia de la prescripción adquisitiva y de la naturaleza del predio que se reclama”.

 

Desde la Procuración entienden que para vender bienes de dominio público, como islas del Delta, se requiere de una ley del Congreso de la Nación, “para que una vez que el bien se encuentra en el dominio privado de la Nación o de las provincias, se puede disponer su venta a los particulares, circunstancias que no se verifican en la presente causa”.

 

Rodríguez Signes, consideró clave el dictamen, y más aún el eventual fallo de la Corte. “Jamás en la historia de la provincia se ha llegado a instancias de la Corte para discutir la posesión de las islas. Este dictamen nos favorece, y va en la línea de la tesitura que sostenemos nosotros desde la provincia”, aseguró.

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